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Contribución solidaria

Ten en cuenta la siguiente información:

  1. Si actualmente te encuentras laborando, eres pensionado o percibes ingresos como independiente, debes cotizar al régimen contributivo, la novedad de reactivación la podrás reportar a través de los siguientes canales:
    1. Ingresa a www.miseguridadsocial.gov.co si no tienes usuario, regístrate. Si ya cuentas con usuario, usa la novedad de Adquisición de condiciones para cotizar
    2. Dirígete a nuestras Oficinas de Atención al Afiliado dispuestas para la radicación del formulario y novedades (consúltalas aquí)
  2. Si actualmente registras una encuesta SISBÉN cuyo resultado te categoriza en el grupo D y sus subgrupos, tienes la posibilidad de mantener la afiliación a EPS Sanitas con movilidad al régimen subsidiado a través del mecanismo de contribución solidaria, el cual cubre los integrantes de grupo familiar pagando una tarifa individual definida por el Ministerio de Salud para los beneficiarios mayores de 18 años.
    Subgrupos SISBEN IV % UPC-S anual del Régimen subsidiado Valor
    D1 a D3 2,5% $ 1,121,396.40 $31.500
    D4 a D7 3,7% $ 1,121,396.40 $46.500
    D8 a D14 5,5% $ 1,121,396.40 $69.100
    D15 a D20 8,3% $ 1,121,396.40 $104.300
    D21 11,0% $ 1,121,396.40 $138.200

    Tarifas vigentes para el año 2024

    1. Dirigirte a nuestras Oficinas de Atención al Afiliado dispuestas para la radicación del formulario y novedades. Consúltalas aquí
    2. Presentarte en nuestras Oficinas de Atención al Afiliado disponibles para diligenciar el formulario de afiliación y novedades.
  3. Si no percibes ingresos y no puedes pertenecer a otro grupo familiar como beneficiario o UPC adicional, y no te encuentras clasificado en la encuesta SISBÉN metodología IV, te invitamos a que te acerques a la oficina del SISBÉN del municipio o distrito en el que actualmente resides para la aplicación de la respectiva encuesta, esta podrá habilitar tu servicio bajo movilidad a régimen subsidiado.

Preguntas frecuentes

Respuesta: Es un mecanismo de afiliación al Régimen Subsidiado que propende por la continuidad y la universalización del aseguramiento, mediante el cual la población no pobre y no vulnerable y que no cumple los requisitos para ser cotizante o beneficiario en el Régimen Contributivo, tiene acceso a la salud pagando una tarifa, para cada miembro mayor de edad de su grupo familiar, definida por el Ministerio de Salud de acuerdo a su clasificación del SISBEN metodología IV en el grupo D y su capacidad de pago parcial.

Respuesta:

  1. No es una afiliación al régimen contributivo, es un mecanismo de afiliación al Régimen Subsidiado
  2. No es un cobro adicional a las personas clasificadas como pobres y vulnerables
  3. No se excluye a nadie del Sistema de Seguridad Social en Salud
  4. No se debe confundir el aporte por Contribución Solidaria con el pago de copagos y cuotas moderadoras

Respuesta: Consulta en la página web del Sisbén IV, digitando el tipo y número del documento de identificación aparecerá el resultado de la clasificación, en el mismo portal de consulta podrás identificar el grupo en el que te encuentras asignado y la definición de esta clasificación.

Respuesta: Una vez radicado el formulario, el tiempo de procesamiento de información corresponde a 3 días hábiles. En casos donde el afiliado solicite la activación del contrato para acceder al servicio en una urgencia vital, te podrás acercar a una Oficina de Atención al Afiliado para gestionar la aceptación de contribución solidaria.

Respuesta: Las tarifas contempladas para acceder a este beneficio están definidas mediante la Resolución 925 de 2022 del Ministerio de Salud, cuyo valor individual se encuentra en la siguiente tabla:

Subgrupos SISBEN IV % UPC-S anual del Régimen subsidiado Valor
D1 a D3 2,5% $ 1,256,076 $31.500
D4 a D7 3,7% $ 1,256,076 $46.500
D8 a D14 5,5% $ 1,256,076 $69.100
D15 a D20 8,3% $ 1,256,076 $104.300
D21 11,0% $ 1,256,076 $138.200
Tarifas vigentes para el año 2024

Respuesta: La tarifa es individual por cada afiliado del grupo familiar mayor de 18 años, y el aporte se realiza unificado por el grupo familiar.

Respuesta: Sí, los afiliados al Régimen Subsidiado a través del mecanismo de contribución solidaria estarán sujetos a copagos y demás pagos correspondientes, al momento de la prestación de los servicios de salud y de acuerdo con su clasificación en la última metodología del Sisbén con la que cuenten.

Respuesta: La contribución solidaria se pagará mensualmente a través de los mecanismos de recaudo de la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA, a través del botón de pago y los corresponsales bancarios o redes de bajo valor que se encuentren habilitados. El pago por contribución solidaria se realiza mes vencido y como máximo se deberá realizar el último día hábil de cada mes. En caso de inquietudes con respecto a la Planilla Integrada de Liquidación de Aportes - PILA, puedes consultar el siguiente enlace: https://www.minsalud.gov.co/proteccionsocial/Paginas/pila.aspx

Respuesta: Si el pago de la contribución solidaria se efectúa con posterioridad al último día hábil del mes en el que se debe efectuar, deberás pagar intereses moratorios a la tasa prevista en el artículo 635 del Estatuto Tributario.

Respuesta: El no pago por dos (2) periodos de la contribución solidaria dará lugar a la suspensión de la afiliación del núcleo familiar.

Respuesta: No, por el momento no se encuentra habilitada esta opción en el SAT

Respuesta: El retiro se efectúa de acuerdo al periodo de cotización que estás reportando.

La encuesta SISBEN metodología IV es el mecanismo que facilita el acceso a los servicios de salud, el no contar con esta opción, es una responsabilidad directa de los afiliados.

Respuesta: Consulta de forma periódica el resultado de la encuesta en el portal web del SISBEN, según las indicaciones hechas por parte de la oficina SISBEN donde solicitaste la encuesta.

Respuesta: Se pueden realizar inclusiones del grupo familiar básico que no cumplan condiciones para estar afiliados al régimen contributivo, quien registra como cabeza de familia puede incluir adicionales que dependan económicamente de el hasta cuarto grado de consanguinidad y segundo de afinidad, así mismo, en la encuesta SISBEN se deben encontrar clasificados en el grupo D, pagando la tarifa respectiva a su clasificación en el grupo D.

Respuesta: Primero debed verificar el resultado de la encuesta SISBEN, si estas clasificado en el grupo D, podrás realizar la afiliación por los canales de afiliación habilitados por la EPS.

Si te encuentra clasificado en los grupos A, B O C, podrás realizar la movilidad al régimen subsidiado sin realizar aporte alguno. Si no cuentas con encuesta SISBEN deberás acercarse a la oficina SISBEN del municipio de residencia, para que se realice la aplicación de la misma.

Respuesta: Si, puedes solicitar el cambio de lugar de atención de acuerdo a las políticas establecidas en la EPS Sanitas.

Respuesta: Radicando formulario de afiliación por los canales de régimen contributivo como el Sistema de Afiliación Transaccional (SAT)

Respuesta: Puedes reportar la exclusión por medio de:

  1. Sistema de Afiliación Transaccional (SAT)
  2. Oficina Virtual de afiliados en www.epssanitas.com
  3. Oficina de Atención al afiliados dispuestas para la radicación de estas novedades

Respuesta: El pago del integrante mayor de edad se verá reflejado al mes siguiente en el momento de realizar la liquidación del pago por la planilla.

Respuesta: Es responsabilidad de los ciudadanos tener su información actualizada. Por ejemplo, si la persona cambia de residencia a otra entidad territorial, cambia la composición del núcleo familiar (nace o fallece un miembro) o se afecta la capacidad económica del mismo, debe solicitar la revisión de su información con la entidad territorial donde reside, que es la encargada de determinar si en efecto procede su actualización.

Respuesta: No habrá reconocimiento de licencias de maternidad, paternidad o incapacidades, ahora bien, las afiliadas cabeza de familia podrán acceder al reconocimiento de una compensación de maternidad proporcional a la tarifa de contribución realizada, en los términos del artículo 5 de la ley 2114 de 2021.

Respuesta: No, EPS Santas no realizará más entregas domiciliarias, por lo que podrás reclamar tus medicamentos directamente en la red de droguerías dispuestas para dispensación las cuales puedes consultar aquí.

Respuesta:
  1. Se seguirán entregando en el domicilio los medicamentos que queden pendientes al momento de reclamar en las droguerías.
  2. Si pertenecías a una EPS liquidada, fuiste asignado a EPS Sanitas y en tu municipio de afiliación no hay presencia de Cruz Verde o su Red aliada.
Respuesta:
  1. Puedes autorizar a una persona para que reclames tus medicamentos en las droguerías, solo necesitas carta de autorización con tus datos y los de la persona autorizada y copia de los documentos de identificación.
  2. Evita filas y programa un turno para reclamar tus medicamentos y asistir a la farmacia de tu preferencia aqui

 

Si requiere información adicional comuníquese con nuestra línea de atención 018000-919100